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jueves, 14 de agosto de 2014

SI ESCRIBIMOS EN ESPAÑOL, VAMOS A HACERLO BIEN.


Tengo que dar las gracias públicamente -nobleza obliga- a la Real Academia de la Lengua por el excelente servicio de consultas que tenemos todos a nuestra disposición en su página web. Salvo algunas discrepancias menores derivadas de su, quizá, excesiva permisividad con la ortografía de algunas palabras que han sido prostituidas por el mal uso, la RAE es una de las instituciones más respetables de España y del mundo de habla hispana. El motivo de esta gratitud es que anoche les envié una consulta y me han respondido esta mañana. Pensé que iban a tardar mucho más, pero la contestación ha sido de una rapidez que me ha dejado tan asombrado que no tengo más remedio que contar todo el asunto.

La pregunta era la siguiente:

"Cada vez veo más usar el infinitivo como imperativo. Y hasta algún filólogo conocido recomienda no ser demasiado severo con esta grafía. No creo que sea influencia del inglés, en el que la forma verbal coincide con el imperativo, ya que la mayoría de los que lo utilizan no conocen ese idioma. 
¿Hasta qué punto se puede usar esta confusión de tiempos?

Muchísimas gracias,"
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La contundente, acertada y rapidísima respuesta ha sido:

"En relación con su consulta, le remitimos la siguiente información:


Infinitivo por imperativo


Cuando se da una orden a una segunda persona (del singular o del plural), deben usarse las formas propias del imperativo, si la oración es afirmativa, o las formas correspondientes del subjuntivo, si la oración es negativa, va introducida por la conjunción que o se dirige a un interlocutor al que se trata de usted.

SINGULAR
Tómate toda la sopa y deja de protestar.
No te enfades y ponnos otro café.
Que te calles.
Hágame caso.

PLURAL
¡Venid aquí ahora mismo, granujas! 
Poneos el pijama y dormíos cuanto antes. 
No lleguéis tarde.
Que os estéis quietos.
Cierren la puerta y siéntense, por favor.

No se considera correcto, en el habla esmerada, el uso del infinitivo en lugar del imperativo para dirigir una orden a una segunda persona del plural, como se hace a menudo en el habla coloquial:

(*)¡Venir aquí ahora mismo, granujas!
(*)Poneros el pijama y dormiros cuanto antes.

Solo es válido el empleo del infinitivo con valor de imperativo dirigido a una segunda persona del singular o del plural cuando aparece precedido de la preposición a, uso propio de la lengua oral coloquial: ¡Tú, a callar!; Niños, a dormir.

No debe confundirse el empleo desaconsejable del infinitivo en lugar del imperativo de segunda persona del plural con la aparición del infinitivo con valor exhortativo en indicaciones, advertencias, recomendaciones o avisos dirigidos a un interlocutor colectivo e indeterminado, habituales en las instrucciones de uso de los aparatos, las etiquetas de los productos o los carteles que dan indicaciones, hacen recomendaciones de tipo cívico o prohíben determinadas acciones en lugares públicos: Consumir a temperatura ambiente; Depositar la basura en las papeleras; No fumar; Lavar a mano. Se trata, en estos casos, de estructuras impersonales en las que no se da una orden directa, sino que se pone de manifiesto una recomendación, una obligación o una prohibición de carácter general, en las que hay que sobrentender fórmulas del tipo Se debe consumir... / Es preciso consumirlo... / Hay que consumirlo... / Se recomienda consumirlo...; Debe depositarse la basura en las papeleras / Hay que depositar la basura a las papeleras; No se puede fumar / No se permite fumar; Debe lavarse a mano / Se recomienda lavarlo a mano.

Reciba un cordial saludo.
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Departamento de «Español al día»
Real Academia Española

Nota: El símbolo (*) precede a las formas o usos incorrectos o desaconsejables según la norma culta del español actual.
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Tenemos una Institución que ya quisieran las demás parecerse de lejos. Le reitero mi gratitud y ya está publicado esto en mi blog porque es una joya.

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